La Abogacía reclama que se legisle la cláusula ‘rebus’ para evitar su dependencia de las sentencias judiciales

El Colegio de la Abogacía ha instado a que se regule de manera expresa la cláusula rebus sic stantibus, con el fin de evitar que su aplicación dependa exclusivamente de la interpretación de los tribunales. Según Abogacía Española, esta petición busca dotar de mayor seguridad jurídica a empresas y particulares que enfrentan dificultades en el cumplimiento de contratos debido a circunstancias imprevisibles.

Actualmente, la aplicación de esta cláusula está determinada por la jurisprudencia, lo que genera incertidumbre en los operadores jurídicos. Economist & Jurist señala que la falta de una norma clara provoca que los litigios se prolonguen en el tiempo, aumentando los costos y la inseguridad en las relaciones contractuales. Por ello, la abogacía considera necesario establecer criterios normativos que regulen su aplicación de manera uniforme y predecible.

El Colegio de Abogados de Barcelona ha presentado una propuesta en la que se aboga por legislar la obligación de renegociar los contratos en situaciones de crisis o catástrofes. El Economista destaca que la iniciativa pretende garantizar que las partes afectadas por cambios extraordinarios puedan ajustar sus obligaciones contractuales sin necesidad de acudir a un procedimiento judicial. La medida busca promover la resolución negociada de conflictos, evitando que la carga recaiga únicamente en los jueces.

Según Abogacía Española, la inseguridad jurídica derivada de la falta de regulación ha sido especialmente evidente durante la pandemia y otras crisis económicas recientes. En estos contextos, muchas empresas y particulares han tenido que recurrir a la vía judicial para modificar o suspender sus contratos, lo que ha generado una sobrecarga en los tribunales y una falta de soluciones rápidas para los afectados.

Desde el punto de vista de la abogacía, establecer una regulación clara permitiría que la cláusula rebus sic stantibus se aplique de manera automática cuando concurran determinados requisitos. Economist & Jurist indica que una normativa específica podría fijar criterios objetivos, como la existencia de un evento extraordinario, su impacto en la ejecución del contrato y la proporcionalidad de las medidas adoptadas por las partes. De esta forma, se reduciría la discrecionalidad judicial y se agilizarían las soluciones.

En la propuesta del Colegio de Abogados de Barcelona se contempla la posibilidad de establecer mecanismos de mediación y arbitraje para la resolución de disputas contractuales. El Economista explica que la intención es evitar que la única opción sea la vía judicial, facilitando acuerdos entre las partes sin necesidad de recurrir a procesos largos y costosos.

El debate sobre la regulación de la cláusula rebus sic stantibus no es nuevo, pero ha cobrado relevancia ante la creciente complejidad de las relaciones contractuales. Abogacía Española apunta que el reconocimiento expreso de esta figura en la legislación permitiría reforzar la estabilidad del mercado y garantizar que los contratos puedan adaptarse a circunstancias imprevistas sin necesidad de esperar el pronunciamiento de los tribunales.

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